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18 abr 2012

RATIFICARON DURAS CONDENAS Y CARCEL COMUN PARA 4 REPRESORES CORRENTINOS

La Cámara de Casación Penal correntina ratificó las condenas a 25 años de prisión y perpetua para cuatro represores por la desaparición de militantes políticos y otros delitos de lesa humanidad cometidos en la provincia durante la última dictadura militar. 
 Así lo resolvió un fallo de la Sala II de la Cámara, que además sostuvo el cumplimiento de las condenas en cárcel común, por lo que los represores seguirán en la Unidad 34 del Servicio Penitenciario Federal ubicado en Campo de Mayo, explicaron fuentes judiciales.
Esta decisión ratifica sin objeciones la sentencia impartida en 2008 por el Tribunal Oral Federal de Corrientes capital que condenó a 25 años de prisión a los ex militares del Regimiento de Infantería 9, Rafael Julio Barreiro y Juan Carlos De Marchi, mientras que dictó perpetua para Horacio Losito y 18 años para el ex gendarme, Raúl Reynoso.
El ex capitán De Marchi también fue presidente de la Sociedad Rural de Corrientes durante la década del ´90, años después de haberse retirado del Ejército.
El Tribunal correntino los encontró culpables de la desaparición de los militantes políticos Rómulo Artieda, Ramón Vargas y otros, además de decenas de privaciones ilegítimas de la libertad y torturas, teniendo como base de operaciones al predio del Regimiento 9.
La Sala II de Casación, en tanto, descalificó "la doctrina de la seguridad nacional" que habían alegado como argumento los abogados defensores para reclamar la libertad de los represores, en una apelación que tardó casi cuatro años en resolverse.
La Justicia comprobó que los condenados fueron integrantes del grupo de tareas que operó en el Regimiento 9, con asiento en la ciudad de Corrientes, y que ese lugar funcionó como centro clandestino de detención y tortura, durante la última dictadura militar.
El fallo es resultado de un extenso voto de los jueces Pedro David y Alejandro Slokar, a los que adhirió Gustavo Hornos: según se informó oficialmente, "en la sentencia se destaca con invocación de la jurisprudencia de los tribunales internacionales y de sus estatutos constitutivos, el carácter de lesa humanidad de determinados delitos como el exterminio, torturas o la apropiación indebida de propiedad pública o privada".
Asimismo, se desarrollan los aportes de los testimonios de los expertos Marie Monique Roubin y Horacio Ballester en la configuración conceptual de la llamada "Doctrina de la Seguridad Nacional", con sus orígenes en las luchas por la liberación del pueblo argelino en el marco de las violaciones represoras del colonialismo francés en ese país, y difundidas también a los oficiales de la fuerzas armadas de América latina desde "Escuela de las Américas" (Panamá).
La noticia fue festejada en Corrientes por la Comisión Provincial de Derechos Humanos que se había constituido como querellante en la causa que se convirtió en el primer juicio oral y público por delitos de lesa humanidad en el territorio correntino.
"Estamos satisfechos porque el fallo de Casación era muy esperado por nosotros que, con mucho esfuerzo, habíamos logrado que se condene a los peores represores que tuvo Corrientes durante la última dictadura", dijo a Noticias Argentinas Diego Cazorla, dirigente de la Comisión y sobrino del desaparecido Artieda.
Por su parte, el abogado querellante Diego Vigay sostuvo que "se trata de un fallo integral de Casación porque en 180 fojas los jueces analizaron minuciosamente cada uno de los planteos que realizaron las defensas técnicas en sus recursos de apelación".

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