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11 oct 2012

INSTAN AL GOBIERNO PROVINCIAL A "PARALIZAR" OBRA ENERGETICA HASTA QUE SE CUMPLA CON LA NORMATIVA VIGENTE

La diputada provincial Sonia López presentó un proyecto instando a la Gobierno Provincial a la "paralización" de la obra que pretende la construcción de una estación transformadora de 33 mil kilovatios en pleno barrio Mil Viviendas hasta tanto "se cumpla" con la normativa vigente. "Es un pedido de los vecinos, no solo por el impacto socio ambiental que significa una obra así, sino también porque no se cumplió con el llamado a una audiencia pública como la determina la Constitución Provincial", agregó la legisladora comunista.
Según Sonia López, la obra "no cuenta" con la resolución favorable de parte de la Municipalidad de Corrientes para continuar con la construcción porque "incumple" con las normas exigidas por la comuna. "Se labró un acta con una multa pero igual siguen trabajando por lo que la Provincia desconoce el estado de Policía de la Municipalidad", advirtió la legisladora integrante del Frente para la Victoria.
La Cámara de Diputados rechazó el pedido realizado por Sonia López para el tratamiento sobre tablas del proyecto que solicita se detenga la construcción de la estación transformadora que lleva adelante la Dirección Provincial de Energía de Corrientes (Dpec) en el barrio Mil Viviendas.
Los legisladores del interbloque oficialista definieron el pase a la comisión de Energía del expediente en cuestión, no obstante establecieron una audiencia con funcionarios de la Dpec, del Invico, de la Secretaría de Energía y funcionarios municipales de las áreas correspondientes para el martes 16 de octubre a las 9 horas en el anexo de la Cámara de Diputados.
Posteriormente los legisladores de la Comisión de Energía se reunirán con los vecinos que se movilizaron pidiendo que no se haga la obra para conocer sus opiniones acerca del tema.
"Es una obra necesaria pero es pertinente que se paralice hasta que se cumpla la normativa vigente", subrayó Sonia López para agregar que "hace falta una audiencia publica, un análisis de impacto socio ambiental, que no puede hacer la misma autoridad que ejecuta la obra".
"También conviene involucrar a la Municipalidad y a profesionales de la Universidad Nacional del Nordeste que tengan una visión distinta a la que tienen los funcionarios que habilitaron la realización de la obra", completó la diputada provincial.
Para López la estación transformadora "genera" un campo electromagnético "que va directamente a las células de las personas, lo cual se torna muy peligroso para la salud de los habitantes de la zona".
"Nadie niega la utilidad de la obra pero no se puede realizar en una zona tan densamente poblada", justificó la legisladora, para completar diciendo que "se debería buscar un lugar más deshabitado para este tipo de cosas".
Para el diputado justicialista Carlos Rubín, la Constitución Provincial "dice expresamente que los vecinos deben conocer y opinar sobre las obras que afectarán el medio ambiente del lugar donde viven". "Si por hacer una obra que es necesaria no se van a cumplir las leyes vamos mal", afirmó el diputado del Fpv, para agregar que "importa el fin pero también los medios".
Articulado del Proyecto
ARTICULO 1°: INSTAR al Poder Ejecutivo de la Provincia de Corrientes, a través del organismo correspondiente, a la suspensión total de la obra de la DPEC ubicada en la intersección de las Avenida Paysandú y Patagonia, hasta tanto se cumpla con la manda Constitucional y los recaudos de la ley General Del Ambiente, que son una audiencia publica y del dialogo abierto con los vecinos de la zona implicada para buscar una solución alternativa o de consenso social; hasta tanto se verifiquen la ausencia de impacto en la salud y el ambiente y hasta tanto se cumpla con los recaudos legales municipales pendientes de resolución.
ARTICULO 2°: INSTAR a la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes para que a través de la Secretaria de la Salud y Medio Ambiente municipal se realicen los estudios de impacto sanitario y ambientales, que prevé nuestra Constitución Provincial y la ley General Del Ambiente, que son una audiencia publica y el correspondiente dialogo con los vecinos de la zona implicada y hasta tanto no se cumpla este paso legal necesario conforme la legislación vigente, con las autoridades de aplicación pertinentes; y se efectivicen los recaudos municipales para la habilitación de obra, INSTAR a que se proceda a la clausura de la obra en ejercicio del poder de policía municipal y en resguardo de los vecinos de la Ciudad de Corrientes cuya seguridad ambiental, tranquilidad e integridad sanitaria es parte de su responsabilidad indelegable.
ARTÍCULO 3°: REQUERIR informes al Poder Ejecutivo:
1- Para que a través del ICAA, se envíen si se realizó el expediente de pedido de autorización por parte de quienes realizan la obra. Que la autorización, si existiera, que sea remitida a esta Honorable Cámara con copias certificadas.
2- Que se informe detalles técnicos de la magnitud y características de la obra en desarrollo que nos ocupa.
3- Que se sirva en informar si se realizaron los estudios de impacto ambiental correspondientes. Que se envíen los mismos a esta Honorable Cámara con copias certificadas.
4- Que se explique los términos legales por los cuales no se ha procedido a dar cumplimiento a la Constitución Provincial y la Ley General del Ambiente a fin de llamar a una Audiencia Publica o una consulta vecinal.
5- Que se expliquen las razones para realizar una obra sin antes contar con la habilitación municipal correspondiente. Que si se realizó la misma se envíe con copias certificadas a esta Honorable Cámara la Resolución de Permiso y Habilitación de Obra, y no solo los trámites iniciados.
6- Que se informe los responsables de dicha obra. Que se informe el Ministerio a cargo de la misma.

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